El artículo 62 de la Constitución y la inmutabilidad contractual
Resumen
RESUMEN
Los términos determinados por las partes, con los que fijan libremente el contenido del contrato conforme a las normas vigentes al momento de su celebración, no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase, así lo prevé el artículo 62º de la Constitución. En tal virtud, las disposiciones contractuales devienen inmutables. Es para establecer garantías y otorgar seguridad jurídica o, por el contrario, tal inmutabilidad resulta contradictoria respecto al conjunto de nuestro ordenamiento jurídico y, también, frente a la fuerza de las situaciones fácticas, que provienen de las actividades económicas que se ejercen en el mercado, cuyo dinamismo impone realidades distintas de las que dieron origen a la celebración del contrato. En tales situaciones, se advierte que las estipulaciones derivadas del contrato no son absolutas y no siempre determinan el inexorable cumplimiento de las obligaciones pactadas.
Palabras clave: Inmutabilidad contractual, artículo 62, Constitución, regulaciones contractuales.
ABSTRACT
The terms determined by the parties, by which the content of a contract is freely established according to the current norms, at the celebration moment, can not be modified by laws or any other regulations, as it is writtenen the article 62 of the Constitution. In such virtue, the contractual regulations are immutable. It is to establish guaranties and give legal security or, by the contrary, such immutability is contradictory against to our legal organizations and, also, the power of real situations which come from economic activities of the markets, whose dynamism put different realities that give birth to the contract celebration. In such situations, it is warned that specifications derived from the contract are not absolute, and do not always cause the inexorable accomplishment of agreed responsibilities.
Key words: Contractual immutability, Article 62, Constitution, contractual regulations.